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Fines

Son fines de la Fundación Internacional de Derechos Humanos: a) Contribuir a la difusión y promoción de los principios y valores contenidos en la letra y el espíritu de la Declaración Universal de los Derechos Humanos, adoptada y proclamada por la Asamblea General de la Organización de las Naciones Unidas en su resolución 217 A (III), de 10 de diciembre de 1948, así como en cualquier otro instrumento concordante: cartas, declaraciones, pactos, tratados, convenios y convenciones humanitarias, cualquiera que sea su estado de ratificación; b) Impulsar una cultura de paz, tolerancia, respeto, conocimiento y reconocimiento recíproco entre personas, países, culturas, credos, clases y entidades de derecho, primando siempre el predominio de la palabra sobre cualquier forma de violencia; c) Promover la pedagogía democrática y estimular la participación ciudadana en todos los ámbitos de la sociedad; d) Observar, denunciar, debatir y proponer soluciones ante cualquier incumplimiento o violación de los derechos humanos; e) Estimular el pensamiento crítico y favorecer el debate; f) Promover la transparencia en la gestión de las Instituciones Públicas; g) Defender la separación de poderes; h) Procurar la superación de los desequilibrios políticos, sociales y económicos.

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Actividades

Para la consecución de los fines mencionados en el artículo anterior, la Fundación realizará las siguientes actividades: a) Difundir el texto y los valores de la Declaración Universal de los Derechos Humanos por todos los medios lícitos puestos a su alcance, a través de cursos, seminarios, conferencias, publicaciones y acuerdos entre entidades e instituciones; b) Labores de intermediación en defensa de la paz, dentro del respeto a la Ley, en todo tipo de conflictos cuyo desarrollo entrañe la violación de los derechos humanos; c) Organizar los premios Nicolás Salmerón de Derechos Humanos, al objeto de hacer público reconocimiento de aquellas personas y entidades que sobresalgan en su compromiso contra la injusticia y en defensa del bien común; d) Dar a conocer hechos e ideas orientadas a estimular el debate crítico en torno a la necesidad de promover el respeto a los principios y valores de los derechos humanos; e) Impulsar campañas de comunicación orientadas a sensibilizar y formar opinión pública en pro de la tolerancia y la convivencia pacífica.

Además, con el fin de obtener ingresos, la Fundación podrá realizar actividades mercantiles cuyo objeto esté relacionado con los fines fundacionales o sean complementarias o accesorias de las anteriores, con sometimiento a las normas reguladoras de la defensa de la competencia, como las siguientes: f) Organizar y/o participar en actividades formativas; g) Actividades de asesoría estratégica; h) Editar y/o distribuir obras científicas, literarias y/o artísticas; i) Organizar un «Club de amigos de la Fundación Internacional de Derechos Humanos», cuyos miembros podrán realizar aportaciones periódicas orientadas al cumplimiento de los fines.

j) Y, con carácter general, la Fundación podrá desarrollar todas aquellas actividades similares o análogas que se consideren necesarias para la consecución de los Fines expresados en el artículo 3 de estos Estatutos.

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